Alba Rueda es la Representante Especial para Orientación e Identidad Sexual de Generos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina, un carguero diplomático que existe sólo en un puñado de países. Reconocida activista por los derechos de las personas trans, Rueda es, además, una persona creyente.
Como miembro de la Iglesia católica, en 2018 solicitó al Arzobispado de Salta que rectificara sus registros de batismo y confirmación según su género auto-percibido. Los dijeron que no. La causa llegó hasta la Corte Suprema de Justicia, que ahora también le dijo que no.
A la unanimidad, la Corte confirmó una sentencia que había rechazado una exigida presentado por Rueda en 2018 contra el Arzobispado de Salta en la que pidió que se rectificaran sus registros de batismo y confirmación según su género auto-percibido y rechazó el planto de inconstitucionalidad del Concordato en que el Arzobispado se había basado para el rechazar de Rueda .
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«Nuestros quieren fuera de la Iglesia»
En 2011 Rueda modificar cambiar su DNI a través de una sentencia judicial, hecho que abrió camino para Ley de Identidad de Género, sancionada en 2012. Cinco años atrás se convirtió en la primera persona trans en el país en exigirle a la Iglesia que reconociera su identidad.
«Inicié el reclamo para darle coherencia a mi vida religiosa, para darle sentido a lo que me pasa a mí ya miles de millones de personas LGBT. Somos parte de la Iglesia católica pero hemos vivido bajo la sombra del oscurantismo canonico a lo largo de los siglos. Con la ley de Identidad de Género parecía que era solo un acto administrativo pedir la rectificación de mis datos registrales, así como lo pedí en todas las otras instancias, en mis títulos, en la AFIP, en mi club”, explica Rueda a Clarín.
«Lo que me respondió entonces el Arzobispado de Salta fue que ‘en el derecho canonico son extrañas las ficciones jurídicas ¿Cuáles serían? La ley de Identidad de Género, un derecho fundamental, humano, pero esa fue la respuesta, ultrajante, a mi derecho a la identidad, que es parte constitutiva de quien soy. Y en Latinoamérica somos millas. La respuesta de la iglesia católica como del Poder Judicial fueron cada vez más violatorias a mis derechos personalísimos”, asegura Rueda.
La actual funcionaria, que se define como «una persona trans católica», ve un mensaje político en el fallo de la Corte: «Inicié todo en 2018 y the Corte justo saca la sentencia en este momento, es un claro mensaje electoral y politico«.
«El fallo de la Corte tiene que ver conque hay un sector conservador de la iglesia católica que busca eliminarnos, que no podemos ejercitar nuestro derecho a nuestra religión. Buscan que no seamos trans, o si lo somos, que no estemos dentro de esas instituciones –lamentó-. La Corte interpretó que la libertad religiosa es un derecho heterosexual, binario, y de personas cis. Pero más de 40 organizaciones sociales y LGBT de toda la región hicimos presentaciones y vemos con enorme preocupación como este fallo le cierra la puerta a las personas trans a la iglesia catolica«.
De todas maneras Rueda asegura que no te vuelvas apóstata: «Conozco a muchas personas católicas que han iniciado la apostasía y respetan su decisión. Y la invitación a la puerta abierta está presente en el fallo de la Corte, pero vamos a resistir, no renuncio a ser reconocido en mi identidad de género en la iglesia católica, y voy a denunciar a la Argentina en instancias internacionales porque es un fallo horroroso».
El proceso
Tras solicitar a la Iglesia Católica que rectificara los registros indicando su nueva e identidad de género auto-percibida, la institución rechazó ese con fundamento en el Acuerdo de 1966 entre Argentina y la Santa Sede («concordato»), en el que se estableció que «El Estado Argentino reconoce y garantiza a la Iglesia Católica Apostólica Romana el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual, el libre y ejercicio público de su culto, así como de su jurisdicción en el ámbito de su competencia, para la realización de su multa específicos”.
Rueda inició una acción de “hábeas data” contra la Iglesia Católica para que rectificara los registros. Consider that the negativa a hacerlo menoscababa su “Posibilite como mujer trans participar en los rituales religiosos de la Iglesia”.
Los tribunales intervinientes rechazaron el Planteo y el caso llegó a la Corte.
La Corte escuchó que «el concordato de 1966 entre la República Argentina y la Santa Sede enmarca en el principio de neutralidad religiosa del Estado adoptado por la Constitución Argentina, que en sus artículos 14 y 19 declara la libertad de cultos y la libertad de conciencia «.
Por otro lado, la Corte escuchó que los jueces deben respetar la autonomía de la Iglesia Católica en el «libre y pleno ejercicio de su jurisdicción soempre que la cuestión esté vinculada con la realización de sus multas específicas… De ello se sigue que no es admisible que se pretenda canalizar todo dissenso individual plantado por algún gall sobre ciertos aspectos del dogma, doctrina, culto o disciplina — por respetables que podrían ser — a través del actionionar de órganos estatales”
Considere eso los registros de los sacramentos de la Iglesia Católica «están regulados exclusivamente por el derecho canonico, pertieron toda validar civil con la creación de los registros civiles y referirse a actos eminentemente religiosos, por lo que hace al cumplimiento de las multas específicas de la Iglesia Católica».
Según comunicó la Corte, el máximo Tribunal «entendió que no es posible imponer a una autoridad religiosa la procedencia y el modo en que debe registrar o modificar el registro de un sacramentoPues ello conllevaría una injerencia inadmisible del Estado en el ejercicio de un culto y, por ello, una violación de la libertad religiosa garantizada por la Constitución Nacional».
Para la Corte, la negativa de la Iglesia de rectificar los registros sacramentales no implica «un trato discriminatorio respecto de otros miembros de la Iglesia Católica».
